domingo, 18 de abril de 2010

Por el fin de las persecuciones

Esta semana la provincia de Santa Fe estaba a punto de derogar tres artículos del Código de Faltas que penan con hasta 20 días de arresto la “prostitución escandalosa y callejera”, la “ofensa al pudor” y el travestismo. El lunes pasado, el gobernador santafesino Hermes Binner habilitó las sesiones extraordinarias del Senado provincial para que se trate la ley que despenaliza el ejercicio de la prostitución callejera, que ya cuenta con media sanción de Diputados.
Como secretaria general de la Asociación de Mujeres Meretrices de Rosario (Ammar), Sandra Cabrera fue la ideóloga e impulsora del proyecto de ley que apunta a modificar los artículos del Código de Faltas santafesino y que, hasta el momento, criminalizan la prostitución y el travestismo en la vía pública. En 2003, con el apoyo del socialismo provincial, Cabrera logró que el tema fuera tratado por primera vez en la arena parlamentaria local. Al año siguiente, después de reiteradas amenazas y sin conseguir aún modificar el Código, la trabajadora sexual fue asesinada de un balazo en el pecho, a pocos metros de su parada habitual. El único sospechoso: Diego Víctor Paruluczyk. El hombre era policía federal de la División Drogas Peligrosas y, pocos meses después, la Justicia de Santa Fe lo dejó en libertad por “falta de mérito”.
“Los artículos 83, 87 y 93 del Código de Faltas están basados en criterios subjetivos e indefinidos, que dejan en manos de la policía la libertad y la seguridad de las trabajadoras sexuales”, dijo a Página/12 Lucrecia Aranda, diputada socialista y actual impulsora de la iniciativa reformista. Un ejemplo: en su artículo 87, el código prevé arrestos de hasta 30 días para quien “ofreciere públicamente a mantener relaciones sexuales por dinero o provocare escándalo con tal motivo; o que en lugares públicos o locales de libre acceso hiciere manifiestamente proposiciones deshonestas u ofreciere relaciones sexuales con otras personas”. Además, “si las proposiciones o incitaciones fueren dirigidas a un menor de 18 años, la pena podrá elevarse hasta 60 días”.
Desde EN ESO ESTAMOS dialogamos sobre el tema con Elena Reynaga, secretaria general de AMMAR:
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